Por desgracia, muchas personas obtienen la resolución de su expediente de solicitud de nacionalidad española por residencia como denegada. Es un resultado que provoca mucha frustración y más después de una espera que puede ser como mínimo de 2 años desde que se inició el trámite. Cualquier error, por tonto que parezca, puede dar al traste con tu solicitud de nacionalidad y perder mucho, muchísimo tiempo… ¡y dinero!
Tanto si estás en la situación en la que te han denegado la nacionalidad, como si la estás tramitando ya o la piensas empezar a tramitar, te presentamos ésta completa guía para evitar errores y si ya los has cometido como se podrían solucionar.
Índice de Contenidos
- 1 Tener antecedentes penales (causa nº1)
- 2 Tener antecedentes policiales (causa nº2)
- 3 No respetar los plazos para poder solicitar la nacionalidad (causa nº3)
- 4 El tiempo de estancia como estudiante (causa nº4)
- 5 Salidas del territorio español (causa nº5)
- 6 Falta de integración en España (causa nº6)
- 7 Justificación de recursos económicos suficientes (causa nº7)
- 8 Errores/ausencia de los documentos requeridos (causa nº8)
- 9 Presentar documentos caducados (causa nº 9)
- 10 Estar en situación irregular durante la concesión de nacionalidad (causa nº10)
Tener antecedentes penales (causa nº1)
La nacionalidad española denegada por antecedentes penales es una de las causas que automáticamente y con total seguridad no llevarán a buen puerto tu solicitud. Uno de los requisitos, para que el Ministerio de Justicia resuelva como favorable tu solicitud de nacionalidad, es que no tengas antecedentes pernales en España, ni en tu país de origen. Por lo tanto, si estás en el caso tienes que saber que puedes cancelar tus antecedentes penales y así lo debes hacer antes de iniciar la solicitud de nacionalidad o presentar una nueva. Si tienes una causa penal pendiente de juicio, aunque no hayas sido condenado/a, también será causa de denegación.
Tener antecedentes policiales (causa nº2)
No sólo no debes tener antecedentes penales, sino que debes demostrar buena conducta, siguiendo el Código Civil español. Debes demostrar que quieres ser español/a y de buena fe, no has venido a crear problemas de convivencia ¿verdad? pues debes saber que otra causa de denegación de la nacionalidad española es la existencia de antecedentes policiales. Una multa de tráfico, un hurto sin condena, un altercado policial, … aunque no tengan una condena penal puede implicar que sí quede constancia policial.
En éste caso te recomendamos que consultes con un abogado si tus antecedentes policiales pueden ser causa de denegación y si es así como cancelarlos.
No respetar los plazos para poder solicitar la nacionalidad (causa nº3)
Para poder iniciar la solicitud de nacionalidad española por residencia, la administración exige como requisito un tiempo mínimo de estancia legal y continuada en territorio español antes de la solcitud. Si no cumples con éstos plazos, tu solicitud será con toda seguridad denegada.
Tal como te contamos en nuestro post «16 Consejos para solicitar la Nacionalidad Española por Internet«, pueden solicitar la nacionalidad española los extranjeros que demuestren una residencia legal y continuada de al menos 10 años en España. Si el extranjero es un refugiado, el plazo se reducirá a 5 años (contados desde que obtiene la concesión de refugiado). En el caso de ciudadanos de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Sefardíes, el tiempo de residencia en España se reduce a 2 años. Si un extranjero/a es cónyuge de un ciudadano español/a, el tiempo se reduce a 1 año de residencia en España.
El tiempo de estancia como estudiante (causa nº4)
Si viniste a España como estudiante, para realizar o ampliar unos estudios en un centro español (universidad, cursos de especialización, máster, …) por un periodo superior a 90 días, tuviste una estancia legal en el país, una estancia por estudios. Comúnmente se confunde esa estancia con una residencia legal y no es así. No se puede computar la estancia legal como estudiante como tiempo de residencia legal en España y, por tanto, si no se cumple con los tiempos mínimos indicados en el punto anterior: será causa de denegación de nacionalidad.
Salidas del territorio español (causa nº5)
Si estás tramitando o vas a tramitar la nacionalidad española, debes saber que si tienes la intención de ser español/a y residir en el país, no puedes viajar fuera de España todo el tiempo que quieras. Tu solicitud puede ser denegada si viajas a tu país de origen (vacaciones, motivos familiares, …), no importa que el motivo esté justificado o no. Debes respetar unos plazos de ausencia del territorio español para evitar problemas, porque puedes estar incumpliendo los tiempos de residencia legal y continuada exigidos.
Si estás fuera de España más de 6 meses en el plazo de 1 año, te puede traer problemas y se considera motivo para la denegación de la nacionalidad.
Falta de integración en España (causa nº6)
Aunque ahora la nacionalidad se tramita obligatoriamente por vía telemática, no impide que la administración nos pueda citar ante la policía o funcionario del registro para una entrevista, en el caso que sospeche una falta de integración. Este caso se puede dar incluso si se han superado los exámenes de nacionalidad (examen DELE y/o Prueba CCSE). Si quieres vivir en España, lo lógico es que conozcas bien su realidad social y cultural, además de hablar bien el idioma.
Justificación de recursos económicos suficientes (causa nº7)
Aunque en muchos supuestos, durante la presentación telemática de documentos para la solicitud de nacionalidad, no se exige justificación de los medios de vida, es posible que la administración pueda hacer un requerimiento. Siempre es recomendable (aunque no lo pidan) adjuntar al expediente el contrato de trabajo, extractos de cuentas bancarias, declaración del IRPF, etc. para justificar convenientemente que disponemos de recursos suficientes para no representar una carga para el Estado español.
Si te deniegan tu solicitud de nacionalidad por éste motivo o simplemente por no tener un contrato de trabajo estable, no queda más remedio que intentar otra solicitud cuando tu situación laboral cambie.
Errores/ausencia de los documentos requeridos (causa nº8)
Es muy importante que, cuando prepares tu solicitud de nacionalidad y tu expediente en la plataforma telemática, te asegures muy bien que dispones de todos los documentos y que éstos sean los correctos. Un simple error, como confundir un certificado de residencia con un volante de residencia o que un documento oficial de tu país no tenga Apostilla de la Haya o legalización, puede provocar la denegación de la nacionalidad.
En muchos casos la nacionalidad ha sido denegada por presentar un certificado de buena conducta (que emiten muchos consulados) en lugar del certificado de antecedentes penales, a no ser que el certificado incluya el de penales. Te recomendamos que siempre presentes certificado de antecedentes penales de tu país de origen (los antecedentes en España ya los comprueba la administración).
Aunque el ordenamiento indica que la administración debe solicitar un requerimiento al solicitante (darle un plazo de tiempo para presentar el documento correcto y subsanar el error) lo más común que nos estamos encontrando es que directamente resuelvan el expediente de nacionalidad como denegado.
Recuerda: revisa bien la documentación antes de enviarla y firmarla, hazte un checklist y ve marcando conforme vayas revisando cada uno de los documentos, ¡que no te falte ninguno!
Presentar documentos caducados (causa nº 9)
Es más común de lo que parece y una de las causas más comunes de denegación. Si presentas una partida de nacimiento, un certificado de matrimonio, un certificado de antecedentes penales, … debes saber que tiene una fecha de caducidad y validez para la administración. Por ejemplo, tal como te comentabamos en nuestro post «Vigencia del Certificado de Antecedentes Penales para Nacionalidad Española«, para la administración un certificado de antecedentes penales caduca a los 6 meses (a no ser que el certificado indique un plazo inferior).
Estar en situación irregular durante la concesión de nacionalidad (causa nº10)
Sí, has leído bien y está pasando. Si estás tramitando la nacionalidad española e incluso y ya te la han concedido, debes tener en regla tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) durante todo el proceso y hasta el día en de la jura. No debes dejar jamás que tu residencia caduque, debes renovar tu TIE y, por tanto, tu permiso de residencia legal, sea cual sea (permiso de residencia por reagrupación familiar, familiar de ciudadano de la Unión, etc.)
¡Si tu tarjeta caduca no se podrá ratificar la concesión de nacionalidad!
Hasta aquí te hemos contado los motivos de denegación de nacionalidad española más comunes que nos hemos encontrado y que esperamos que te sirvan de ayuda para evitar problemas y errores. Si todo ésto lo ves muy complicado o te da miedo invertir tiempo y dinero para que luego te sea denegada la solicitud, evita problemas y errores: nosotros te tramitamos tu nacionalidad española por residencia por vía telemática (información sin compromiso) 😉
Si quieres contar tu caso o quieres aportar más información a otros extranjeros puedes dejar tu comentario más abajo… ¡Muchos te lo agradecerán!
(Imagen propiedad de Freepik)
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Esta publicación fue modificada por última vez el 8 noviembre, 2017 5:11 pm
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